¿Puedo decir que mi producto es «más sostenible que» otro?
La nueva regla del artículo 7.7 se refiere a servicios que comparan productos e informan de sus características ambientales, sociales o de circularidad: considera sustanciales el método, los productos y proveedores comparados y las medidas de actualización. Otras comparaciones publicitarias requieren examinar además su propio marco; no se identifica esta disposición con una obligación idéntica para cualquier frase comparativa.
Respuesta breve
Una comparación ambiental necesita una referencia, un método y un periodo verificables. El artículo 7.7 añadido por la Directiva (UE) 2024/825 regula específicamente servicios que comparan productos; no debe presentarse como si impusiera por sí solo la misma regla a cualquier frase publicitaria comparativa. Esas frases también requieren revisar su propio marco y la aplicación nacional.
La decisión es orientativa: exige verificar el mensaje completo, la fecha, el territorio y la evidencia realmente disponible.
FrasePruebaAlcanceDecisión
«83% menos de huella»Estudio, método, fecha y base de comparaciónIndicador y etapas realmente medidasPublicar la referencia junto a la frase
«Más sostenible que la alternativa»No identifica alternativa ni criterioIndeterminadoConcretar producto, indicador y periodo
Comparador de productosMétodo, productos, proveedores y actualizaciónUniverso incluido por el servicioHacer visibles esos elementos sustanciales
Límite: «Más sostenible» puede agregar dimensiones incompatibles. Cuando no existe un indicador común y comprensible, conviene comparar hechos concretos en vez de una superioridad global.
Situaciones hipotéticas
Qué merece revisión.
Ejemplos didácticos ficticios: no son resultados del estudio, citas de marcas ni una conclusión sobre un caso real. Se debe examinar el alcance de la disposición y su aplicación nacional.
«Más sostenible que la alternativa tradicional», sin decir cuál ni cómo
«Un 83% menos de huella frente a productos equivalentes», sin el estudio a mano
«El detergente más verde del mercado»
Evidencia
Qué conviene pedir.
El estudio comparativo: con qué producto se compara, con qué método, de qué fecha, y su enlace visible junto a la frase.
La evidencia no salva por sí sola una práctica prohibida: la revisión debe comprobar el mensaje completo y el marco nacional aplicable.
Referencia oficial · vigencia revisada el 19 de octubre de 2026
Artículo 7, apartado 7, de la Directiva 2005/29/CE, añadido por la Directiva (UE) 2024/825. Comprobado en el texto oficial el 12 de octubre de 2026.
El artículo 4 exige que los Estados miembros apliquen sus medidas desde el 27 de septiembre de 2026. Esa fecha europea no determina por sí sola el régimen nacional de una campaña española. La fuente oficial española consultada documenta un anteproyecto; las búsquedas parciales registradas no acreditan una ley de transposición publicada ni prueban que no exista.